Feriados de Noviembre 2025: qué deben saber los comercios y empleados
Un repaso claro y práctico sobre cómo se trabajan y cómo se pagan el 21 de noviembre (día no laborable) y el 24 de noviembre (feriado nacional). Qué puede hacer el comercio, cuándo el empleado puede negarse a trabajar, si corresponde descuento y en qué casos se paga doble. Ideal para empleadores y trabajadores del sector comercial.

El mes de noviembre incluye dos fechas clave que generan dudas entre empleadores y trabajadores del sector comercial. En esta guía clara y práctica resumimos cómo funciona cada día, si es obligatorio trabajar, cómo se paga y qué puede hacer el comercio.
21 de noviembre: Día No Laborable con fines turísticos
¿Qué significa “No Laborable”?
A diferencia de un feriado nacional, el día no laborable no implica una obligación general de otorgar descanso.
En estos casos, la actividad queda a criterio del empleador: puede decidir abrir y convocar al personal o mantener cerrada la empresa/comercio.
¿El comercio puede abrir?
Sí, los comercios pueden abrir con normalidad.
¿El trabajador puede negarse a asistir?
No. Al ser día no laborable, si el empleador decide abrir, el trabajador debe concurrir.
¿Qué ocurre si el trabajador no va?
La ausencia injustificada permite el descuento del día.
¿Cómo se paga si el trabajador trabaja?
Se paga jornal simple, como cualquier día habitual.
No corresponde pago doble.
24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (Feriado Nacional)
¿Qué implica un feriado nacional?
En los feriados nacionales rige el descanso obligatorio.
Los comercios pueden abrir si lo desean, pero el trabajador tiene derecho a no asistir sin sufrir descuentos.
¿El comercio puede abrir?
Sí, los comercios pueden funcionar con normalidad.
¿El trabajador puede negarse a trabajar?
Sí. Al ser feriado nacional, la asistencia no es obligatoria.
¿Qué ocurre si el trabajador no va?
No corresponde sanción ni descuento salarial.
¿Cómo se paga si el trabajador trabaja?
Corresponde pago doble, según el art. 166 de la LCT.
Comparativo: Día No Laborable vs. Feriado Nacional
Diferencias prácticas para empleadores y empleados
- ¿Es feriado?
- 21/11: No
- 24/11: Sí
- ¿Puede abrir el comercio?
- Ambos días: Sí
- ¿El empleado puede negarse a ir?
- 21/11: No
- 24/11: Sí
- ¿Se descuenta el día si no asiste?
- 21/11: Sí
- 24/11: No
- ¿Corresponde pago doble si trabaja?
- 21/11: No
- 24/11: Sí
Conclusión: cómo organizar al personal en noviembre
Para el día no laborable del 21 de noviembre, cada empleaor puede definir si trabaja o no, sin obligación de pagar recargo. Para el feriado del 24 de noviembre, el trabajador tiene derecho a descansar y la prestación del servicio implica pago doble.
Si necesitás asesoramiento para organizar turnos, liquidar feriados o interpretar convenios colectivos del sector comercio, en B Consultores te acompañamos en cada paso para asegurar cumplimiento legal y previsibilidad laboral.
